Entrega de chequeras, resoluciones y expedientes al concluir el trámite de jubilación o pensión

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Para la entrega de las nuevas pensiones, el especialista del área de ejecución identifica al beneficiario mediante su carné de Identidad o la persona autorizada por este, actuando de acuerdo con lo que se señala a continuación, según corresponda:

1. En las pensiones concedidas por edad o invalidez, le hace entrega al beneficiario la resolución concesoria, el expediente de pensión y el medio de pago si se trata de chequera. Le explica al beneficiario la estructura del medio de pago. Si la pensión fue denegada le hace entrega de la resolución concesoria y el expediente de pensión se archiva en la filial provincial.

2. En las pensiones concedidas por causa de muerte, le hace entrega a cada titular, de la resolución concesoria, el expediente de pensión y el medio de pago si se trata de chequera. Le explica al beneficiario la estructura del medio de pago y la forma de utilizarlo. Si la pensión fue denegada, le hace entrega de la resolución y el expediente de pensión se archiva en la filial provincial. En los casos que se concede a un patrimonio y se deniega a otro, el expediente se archiva en la filial provincial.

El expediente de pensión por causa de muerte correspondientes a varios patrimonios, para su entrega se da prioridad a la esposa y después a los hijos de acuerdo con la edad, partiendo de menor a mayor.

Aclaración: “Patrimonio”: es el vocablo técnico que designa a un núcleo familiar.

Cuando el medio de pago es chequera, le desprende la ”Tarjeta de Actualización” y consigna al dorso el número de carné de identidad, teléfono si lo tuviera, consejo popular, centro de pago donde el beneficiario desea cobrar, dirección de su domicilio y registra su firma y la del jubilado como constancia de la recepción del medio de pago.

Cuando el medio de pago es tarjeta magnética, le solicita el carné de identidad y le hace entrega al beneficiario de la resolución y el expediente de pensión, indicándole que debe dirigirse a la sucursal bancaria que se encuentra registrada en la resolución concesoria, a fin de que realice el contrato con el banco para recibir este medio de pago.