Atención a la población por la Alimentaria

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En nuestra entidad es primordial la atención a los temas e inquietudes que plantea la población y es nuestra responsabilidad dar tratamiento a las problemáticas tratadas por nuestro pueblo, siendo la atención a la población un postulado constitucional, Artículo 63 de la Constitución de la República. El Estado Cubano establece mecanismos, medios y estructuras, para cumplir con esta actividad.

Nuestra empresa ha trabajado en aras de cumplir con la Constitución de la República: en el artículo 63 refrenda que los ciudadanos tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a cualquier instancia y recibir respuesta en el término establecido de acuerdo a la ley.

Para dar cumplimiento a lo establecido se han creado oficinas de atención a la población en todas las Unidades Empresariales de Base y la Empresa Provincial, excepto en las de Florencia, Venezuela y Bolivia en lo que se está trabajando para darle solución.

En la Empresa Provincial todos los Directivos tienen un horario de Atención a la Población:

DIrector general: de 8:00am a 12m

Director de Capital Humano: 5:00pm

Director de Producción: 5:00pm

Directora Económica: 1:00pm-5:00pm

Director Comercial: 1:00pm-5:00pm

Especialista Atención a la Población: Todos los días de 1:00pm a 5:00pm