Exhortan a cumplir medidas de enfrentamiento a la COVID-19

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Exhortan a cumplir medidas de enfrentamiento a la COVID-19

 

El 29 de enero de 2021 fue publicado en la Gaceta Oficial No. 8 Extraordinaria el Decreto Ley 31, que establece las multas a aplicar por infracciones de las medidas sanitarias para la prevención y enfrentamiento a la COVID-19.

 

En correspondencia con ello, en los 10 municipios de Ciego de Ávila se han impuesto 987 multas desde su puesta en vigor, según expuso este lunes en Radio Surco Irán Cano González, jefe del grupo provincial de Supervisión Integral.

Las principales irregularidades encontradas hasta la fecha, dijo, corresponden al uso incorrecto del nasobuco o prescindir de él, aunque, reconoció, las personas han tomado un poco más de responsabilidad en este sentido.

Otras violaciones tienen que ver con la no tenencia de pasos podales a la entrada de entidades, empresas u organismos, la falta de soluciones cloradas o la ausencia de una persona que supervise la desinfección de manos y pies, y el tránsito de vehículos en horarios no establecidos.

Cano González explicó que siempre se hace un trabajo de prevención para que los involucrados tomen conciencia del momento que atraviesa el territorio y entiendan la necesidad de cumplir de manera estricta los reglamentos. A los reincidentes sí se les aplica el Decreto.

El directivo manifestó, asimismo, que el grupo provincial de Supervisión Integral trabaja de conjunto con la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) y las direcciones provinciales de Transporte y Salud para el cumplimiento de lo establecido.

Los incisos del a) al i) del Artículo 2.1 establecen multas de 2 000.00 CUP para quien dificulte en cualquier forma el cumplimiento de las medidas sanitarias dictadas o para quien no use o tenga puesto de manera incorrecta el nasobuco en las vías públicas, ómnibus, autos e interiores de los centros laborales y de servicios.

De 3 000.00 CUP para quien, siendo directivo de un centro de trabajo o estudio, incumpla las normas sanitarias vigentes, acuda a las escuelas y centros de trabajo con signos o síntomas sugestivos a COVID-19, no habilite en las entidades estatales, no estatales u otras instituciones los medios de protección que se requieran a tales efectos, especialmente en aquellas actividades laborales donde se interactúa constantemente con el público; o para quien realice fiestas, juegos o provoque aglomeración de personas en espacios públicos.