Alexis Soto: compromisos y motivaciones por un Código

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alexis soto codigo familias 2Egresado en el año 2021 de la Universidad Máximo Gómez Báez, con Título de Oro en la licenciatura en Derecho, el joven Alexis Soto Torí se incorporó a cumplir el periodo de adiestramiento laboral en la Empresa de Servicios Legales de Ciego de Ávila, cuyos profesionales se han integrado a los procesos inherentes a la renovación del Código de las Familias.

Su participación en momentos como la consulta popular fue notoria, por la capacidad para esclarecer dudas a la población y, sin vulgarizar el conocimiento jurídico, trasladar mensajes claros, concisos y desprovistos de tecnicismos para facilitar la comprensión de la propuesta de ley.

Por la extensión de la normativa, desde los primeros momentos percibió la complejidad del análisis y surgió la inciativa de realizar un estudio comparativo con el Código de las Familias vigente desde al año 1975, teniendo en cuenta el interés por difundir las ventajas del que se presenta.

Se centró en agrupar las novedades de la reciente propuesta, con el objetivo de asegurar el esclarecimiento de dudas (uno de los objetivos de la consulta popular) y la asistencia a las urnas con plena claridad de los beneficios que reporta la nueva normativa, en correspondencia con la actualización de la base jurídica y las transformaciones económicas y sociales en el país.

Esa herramienta de trabajo está en consonancia, además, con los artículos que más polémica han desatado durante los intercambios con la población, de manera fundamental los relativos a la autonomía progresiva, responsabilidad parental, las relaciones de parentesco, la gestación solidaria, comunicación familiar, obligación de dar alimento, adopción y el matrimonio.

Fueron considerados los artículos referidos a la instauración de un entorno digital libre de violencia y otros estrechamente relacionados con el resguardo de los infantes, adolescentes, adultos mayores y discapacitados.

Soto Torí reafirma la protección como uno de los principales propósitos del nuevo Código de las Familias, que se patentiza en artículos cuya dimensión no se comprende sin ser contextualizados ni profundizar en la lectura y análisis de la propuesta de ley.

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Argumenta que es importante entender que la autonomía progresiva, en sustitución de la patria potestad, no representa limitaciones de derechos sobre los menores, sino el reconocimiento a su capacidad para participar, por ejemplo, en la toma de decisiones en el entorno familiar, en la medida en que su desarrollo se lo facilite.

También tienen un sostén social y legal las modificaciones a las relaciones de parentesco al reconocerse lazos como los socioafectivos, en situaciones excepcionales y con la aprobación de las autoridades competentes; e igualmente se estatuyen requisitos para la adopción y la gestación solidaria.

Señaló como ventaja la supresión de elementos discriminatorios en los matrimonios, asegurando derechos en casos de rupturas de las relaciones o el fallecimiento de uno de los integrantes de la pareja, así como el reconocimiento de nuevas formas de alianza como la denominada unión de hecho afectiva.

Vallas Código de las Familias 03

Explicó que este último caso beneficia a personas que tienen un proyecto de vida común sin convivir juntos, de manera que a los cinco años el valor de la unión es similar al matrimonio y, si ocurriera la separación, se garantizan derechos sobre los bienes para ambas partes.

La nueva legislación se proyecta por el perfeccionamiento de la comunicación familiar al promover la inclusión de todos sus miembros en la toma de decisiones en ese ámbito; además de estatuir la obligación de dar alimentos, que incluye no solo el sustento nutricional, sino la responsabilidad de apoyar económica y materialmente en circunstancias que esclarece el Código, especificó.

Constituyen otros valores el pronunciamiento a favor de las personas limitadas de ejercer otras actividades económicas por asumir el cuidado de infantes, adolescentes, adultos menores y discapacitados, de forma que se patentiza el principio de justicia social característico del sistema político cubano, dijo.

Señaló que los procesos inherentes al nuevo Código de las Familias han supuesto un reto y oportunidad de superación para los profesionales especializados en otras ramas de la labor jurídica, como los de la Empresa de Servicios Legales de Ciego de Ávila, vinculados, en su mayoría, al ejercicio del Derecho Mercantil al asesorar a entidades económicas para el cumplimiento de la legalidad en su gestión.

En el orden personal, tenía preferencias por el Derecho Penal y al inciar la vida laboral surgieron motivaciones por el Mercantil, en tanto, la misión de acompañar los procesos de Consulta Popular y Referendo del Código de las Familias, despertaron en él atracciones por la rama Civil, declaró.

Convencido de la relevancia del desempeño de su gremio en las actuales circunstancias, Soto Torí enfrenta con responsabilidad cada tarea para aportar al éxito de la jornada del próximo 25 de septiembre, cuando se estima que más de 331 mil 900 electores avileños asistan a 895 colegios electorales, motivados por respaldar un Código de las Familias que favorece a todos.