Actualización de precios de los productos naturales de elaboración local dispensarial y de la industria nacional

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Conferencia de prensa Farmacia y ÓpticaEl Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) estableció hoy los precios minoristas máximos, en pesos cubanos (CUP), para los productos del Programa de la Medicina Natural y Tradicional, tanto de elaboración local dispensarial como por la industria nacional.

Tales disposiciones están comprendidas en las resoluciones 22 y 134 de 2024, del MFP, publicadas en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, edición 33, extraordinaria.

Conocimos a través de conferencia de prensa realizada por Dulce María Fernández Martínez, directora general de la Empresa Provincial de Farmacia y Óptica que los precios actuales de los productos naturales se encuentran desactualizados respecto al costo de su producción. Existe un marcado aumento en los precios de las materias primas e insumos a nivel mundial que se emplean en la elaboración de estos productos como alcoholes, azúcar refino, mieles, envases, etiquetas, entre otros. Debido a lo anterior, se ajustarán los precios minoristas de los productos de elaboración local.

La medida busca mejorar el resultado económico de las Empresas de Farmacias y Ópticas, estimular la producción y comercialización de estos productos a partir de la importancia que tiene su uso.

Se continuará protegiendo a las personas que lo necesitan mediante los procedimientos establecidos para las personas identificadas como asistenciadas sociales (Asistencia Social) o en condición de vulnerabilidad.

Los casos que no estén identificados por la trabajadora social serán evaluados para incluirlos en el procedimiento establecido. De esta manera se reorienta el subsidio a personas y no a productos. También se evalúa la inclusión de otros grupos en la asistencia social.

En Cuba nadie queda sin protección, desde el presupuesto del Estado se subsidia a las personas asistenciadas y a los adultos mayores que requieran estos productos. Existen los mecanismos para la atención a personas en condición de vulnerabilidad, requiriéndose la indicación médica para la adquisición de los productos.

Se exceptúan del aumento de los productos naturales que poseen registro de medicamentos, ejemplo: (PPG, Trofin, Oleozón)

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