Compraventa de solares yermos o terrenos

Por el contrato de compraventa el vendedor se obliga a transmitir la propiedad de un bien al comprador, mediante su entrega, y éste a pagar por él determinado precio en dinero (Ley no.59/87 Código Civil de Cuba). La compraventa de solares yermos o terrenos es un trámite de compraventa de bienes inmuebles que se realiza en la notaría.

Los requisitos para la compraventa de solares yermos o terrenos son los siguientes:

  • Concurrir ambas partes con sus respectivos carnés de identidad;
  • Título de propiedad;
  • Resolución dictada por la Dirección Provincial de Organización Territorial y Urbanismo.

La tarifa notarial de este acto es de $25.00 CUP.