En el Registro del Estado Civil de su territorio usted puede solicitar la certificación de matrimonio, en extracto o literal (esta última se expide excepcionalmente), para surtir efecto dentro del territorio nacional o fuera.
Horario: de lunes a jueves de 8:00am a 12:00m y de 12:30pm a 5:30pm; y los viernes sólo hasta las 4:30pm.
Requerimientos:
Podrán solicitar certificaciones:
- El titular de la inscripción.
- Los familiares: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, cónyuges o viudos.
- Los representantes legales.
- Otras personas interesadas que deben autorizar a recoger.
Término (en días hábiles, según Resolución 251 de 2015 del MInisterio de Justicia):
- Si el asiento es del propio registro y está en el SIREC: hasta 2 días.
- Si el asiento es del propio registro y no está en el SIREC: hasta 5 días.
- Si el asiento es de otro registro de la provincia o fuera de esta, y tiene conexión: hasta 7 días
- Si el asiento es de otro registro de la provincia o fuera de esta y no tiene conexión: hasta 15 días.
Vencimiento: El Certificado de Matrimonio que se obtiene no tiene vencimiento.
Solicitud en línea de este servicio
También puede realizar esta solicitud en línea a través del formulario disponible en el Portal del Ministerio de Justicia. Luego de enviar su solicitud, usted deberá recoger la certificación de matrimonio en la oficina registral y provincia que haya indicado en dicha solicitud.