Autorización para que el menor de edad contraiga matrimonio

La autorización para que el menor de edad contraiga matrimonio es el acto mediante el cual los padres en el ejercicio de la patria potestad, de forma conjunta o indistintamente, o el tutor, según procedan, emiten su autorización y consentimiento para que el menor (varón con 16 años y hembra con 14 años) puedan contraer matrimonio.
Los requisitos para tramitar la Autorización para que el menor de edad contraiga matrimonio, son los siguientes:

  • Concurrir los padres del menor con sus respectivos carnés de identidad; 
  • Los padres deben acreditar el vínculo parental con la certificación de nacimiento de su hijo(a), o con la tarjeta de menor o carné de identidad del menor, según sea el caso.

La tarifa notarial de este acto es de $20.00 CUP.
Término: hasta 15 días.