Altas a consumidores. Trámites de la Dirección Estatal de Comercio

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    Las altas a consumidores pueden ser por nacimiento, cambio de domicilio, traslado desde otra Oficina de Registro de Consumidores (ORC), egresados de centros penitenciarios, hospitales o asilos, médicos y enfermeros de la Familia.

    En el caso de los recién nacidos causarán alta en el núcleo (libreta) donde se encuentre la madre.

    Se debe presentar:

    • Carné de Identidad del compareciente;
    • documento acreditativo de las generales del consumidor que causará alta, ya sea carné de Identidad, o tarjeta de menor, o carné del MINFAR, o carné de identidad de extranjero. En cualquier caso actualizada con la dirección en la que se va a producir el alta.
    • Libreta para productos alimenticios donde se va a producir el alta.

    En todos los casos excepto por nacimiento:

    • Modelo 6 de Baja de la ORC donde causo baja.

    Las altas de médicos y enfermeros de la Familia además deben presentar:

    • Documento emitido por la Dirección Municipal de Salud Publica debidamente firmado y acuñado, donde conste nombre y apellidos del consumidor y dirección de la casa consultorio.

    • Sello del timbre por valor de $ 5.00.

    Las altas por traslados deben presentar también:

    • Sello del timbre por valor de $ 5.00.

    Y las altas por egreso de centros hospitalarios, penitenciarios, o asilos, deben presentar ademas:

    • Documento del centro hospitalario, asilo o centro penitenciario, según corresponda, donde se reflejen las generales del consumidor y la fecha de baja del centro de que se trate, debidamente firmado y acuñado por el organismo que lo emite.