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    Cayos del Norte de Ciego de Ávila: ¿qué cambia en su administración y manejo?

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    cayos de ciego de avila jardines del rey 7El Consejo de Ministros aprobó el pasado 24 de octubre a la zona denominada Cayos del Norte de Ciego de Ávila como zona con regulaciones especiales, del tipo de desarrollo económico en la categoría de Territorio de preferente uso turístico, según las prerrogativas conferidas por el Decreto Ley 331, De las Zonas con Regulaciones Especiales, en su artículo 11.

    Desde el 4 de noviembre último, el Acuerdo 9428/2022 del máximo órgano de Gobierno en Cuba fue publicado en la Gaceta Oficial No. 109, y especifica que el área en cuestión incluye los polígonos de Cayo Guillermo, Cayo Coco y los cayos Antón Chico, Antón Grande, Romano y Paredón Grande, y comprende, además, las aguas marinas al norte y entre los cayos.

    • Consulte aquí la Gaceta Oficial

    La zona tiene como objetivos desarrollar la actividad turística, vinculada a la vocación de sol, playa, náutica y naturaleza con un enfoque sostenible, armónico y planificado, orientado a propiciar el encadenamiento productivo y el desarrollo del municipio, elevando la calidad de vida de su población, según indica la Gaceta.

    Como parte de la normativa, también se dispusieron las regulaciones y prohibiciones que deben cumplir las personas naturales y jurídicas para realizar determinadas actividades en este lugar, de las cuales el ministro de Turismo es el responsable de su control y cumplimiento.

    Agrega la Gaceta que se le da la facultad al Gobernador de la provincia para emitir el procedimiento para las solicitudes de acceso a la zona.

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    En términos generales, la administración y manejo de los Cayos del Norte de Ciego de Ávila no cambia demasiado con el Acuerdo del Consejo de Ministros. Esta zona ya estaba sometida a regulaciones y restricciones. Invasor lista algunas de ellas a continuación:

    Esquema provincial de Ordenamiento Territorial hasta el 2030
    Resolución 111 de 2007 de Ministerio de la Industria Pesquera
    Plan de Manejo de las Zonas con Regulaciones Especiales en el tipo de Alta Significación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural
    Decreto–Ley 201, del Sistema Nacional de Áreas Protegidas
    Resolución 122/10 - Plan Nacional de Áreas Protegidas

    ¿Cuáles son las regulaciones y prohibiciones de la nueva Zona de Regulaciones Especiales Cayos del Norte de Ciego de Ávila?

    Entre las regulaciones sobresale la obligatoriedad de un ordenamiento territorial apegado a los resultados de los estudios de Peligro, Vulnerabilidades y Riesgos, de manera que se tenga en cuenta los efectos de posibles ciclones tropicales, así como la adaptación y mitigación al cambio climático.

    Todas las actividades promovidas en la zona deberán promover el respeto y conservación de los ecosistemas marinos y terrestres y sus atributos, y previamente serán conciliadas con el Administrador de la Zona y los organismos competentes, conforme a la legislación vigente.

    El Acuerdo también mandata implementar, por parte de las entidades turísticas que utilizan el recurso playa, en coordinación con las autoridades y entidades competentes, un programa de monitoreo de la calidad del agua de baño que permita establecer medidas para proteger la salud de los bañistas.

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    No se podrá construir viviendas, con excepción de aquellas relacionadas al desarrollo de golf e inmobiliaria, moteleras para trabajadores y viviendas dirigidas al alojamiento de especialistas extranjeros, vinculados a la actividad turística, a partir de medios básicos.

    Asimismo, se permite la construcción de campamentos temporales para el personal constructor, la instalación de administración y cuidado de áreas protegidas, así como la ubicación de unidades de la Seguridad y el Orden Interior, siembre en concordancia con las especificidades del ordenamiento territorial.

    La normativa mantiene el acceso a instalaciones náuticas sujeto a las regulaciones internacionales y a la legislación cubana vigente. Y especifica que las actividades de buceo, náuticas y servicios de guías solo se realizan por las entidades especializadas y con los servicios correspondientes.

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    En la zona Cayos del Norte deberá potenciarse el uso de fuentes renovables de energía, y el manejo racional de los recursos hídricos, así como la implementación de soluciones para el manejo de aguas residuales y desechos sólidos.

    La regulación número 21 (y última) establece que: “El acceso a la Zona se limita solo para actividades turísticas con previa reservación o autorización del gobierno del territorio; trabajadores de la Zona y personal autorizado”, algo que no cambia demasiado el régimen vigente hasta la entrada en vigor del Acuerdo.

    Prohibiciones

    Se prohíbe la extracción de organismos vivos, recursos minerales, muestras geológicas y restos fósiles, material arqueológico, con excepción de aquellas actividades contempladas en el ordenamiento y los planes de manejo, además de las investigaciones científicas acreditadas y debidamente autorizadas.

    También queda prohibido el achique de embarcaciones, vertimiento de desechos líquidos y sólidos, así como desechos peligrosos, en áreas aledañas a la costa y próximas a los arrecifes de barreras coralinas. Tampoco se podrá fondear con anclas de las embarcaciones u otros similares en esas áreas.

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    La prohibición número Cinco limita la construcción de nuevas instalaciones turísticas o de otro sector de la economía, “que no cuente con sistemas de tratamiento de residuales líquidos, conforme a las regulaciones y normas técnicas vigentes, así como las que no cumplan con el procedimiento establecido en el Decreto 327, “Reglamento del Proceso Inversionista”, y todas las disposiciones sectoriales asociadas a la implementación de este proceso”.

    Por último, solo se autorizará la pesca recreativa con fines turísticos en la modalidad de captura y suelta, “así como la pesca deportiva en eventos oficiales, los que pudieran ser desde la orilla, siempre que no se realicen en las zonas de playas destinadas al uso de bañistas”.

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