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    Establecen regulación de precios minoristas máximos a productos de alta demanda

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    Venta de un comercio muy bien surtido. Foto José Manuel Correa

    La Resolución 225/2024, del Ministerio de Finanzas y Precios exonera del pago del impuesto aduanero a las importaciones de los productos para los que se regula temporalmente el precio minorista máximo.

    Con la entrada en vigor, este lunes, de la Resolución 225/2024, del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), se estableció la regulación de precios minoristas máximos a productos de alta demanda, como el pollo troceado, el aceite comestible –excepto el de oliva–, detergente en polvo, pastas alimenticias, salchichas y leche en polvo.

    Vladimir Regueiro Ale, titular del MFP, explicó en conferencia de prensa que la norma es una regulación de carácter general, y debe aplicarse por todo el que realice la comercialización minorista de estos productos en pesos cubanos, dígase mipymes, trabajadores por cuenta propia, los establecimientos del comercio y la gastronomía.

    «Es de obligatorio cumplimiento para todos los actores económicos. No hay un tratamiento discriminatorio para uno u otros de la economía, sino que todos deben contribuir a mantener un nivel de precio contenido para estos productos esenciales para la población», remarcó el Ministro.

    Añadió que uno de los objetivos fundamentales que tiene esta regulación es contener el crecimiento de los precios, y para su implementación se evaluaron los mercados, orígenes de los principales proveedores, las condiciones en que se financian, la presencia en los mercados, la red de comercialización y todos los gastos logísticos que intervienen.

    La Resolución también exonera del pago del impuesto aduanero a las importaciones de los productos para los que se regula temporalmente el precio minorista máximo.

    Ello, precisó el Ministro, tiene un impacto en los costos de importación, y debe reflejarse, también, en una facilidad para que todos los comercializadores asimilen en mejores condiciones la medida.