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    Reclamación por inconformidad con lo reflejado en la certificación catastral a la Dirección Provincial de Planificación Física

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    Ante una inconformidad de las personas naturales y jurídicas con lo reflejado en la certificación catastral, se debe plantear la inconformidad ante la Dirección Municipal de Planificación Física, que dispone de 20 días hábiles para la práctica de pruebas.

    Luego de 30 días hábiles después de practicada la última prueba el Director responde al propietario o titular. De no estar de acuerdo se procede a la reclamación ante la Sala de lo Civil y de lo Administrativo.

    De existir diferencias entre el documento legal y la realidad física se comunicará a la Dirección Municipal de la Vivienda o de Planificación Física, según corresponda, para que se actúe de acuerdo a lo dispuesto. El catastro plasmará en su registro la realidad física, hasta tanto se comunique la decisión administrativa o judicial.

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