banner Nuestra Región

    Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

    1. Elevar la calidad de los Servicios Bancarios y consolidación de la Agenda Digital. (L-36, L-37, L-39, L-108, L-150).

    Criterios de Medida: 1.1.Valorar sistemáticamente la calidad de los servicios bancarios a la población y a los sujetos jurídicos, por parte del Consejo de Dirección.1.2.Reducir la proporción de la cantidad de quejas (con razón / con razón en parte) relacionadas con los servicios bancarios, respecto al total de quejas recibidas. 1.3.Potenciar la eficiencia y calidad del servicio de la red de cajeros automáticos y el cumplimiento del plan de disponibilidad y dispensado. a)Alcanzar la disponibilidad de dispensado planificada. b)Alcanzar la disponibilidad planificada. 1.4.Consolidar la Agenda Digital. a)Cumplimiento del cronograma de incorporación de nuevos servicios. b)Variación de la matriz de pago.1.5.Elevar la efectividad de la Sucursal Electrónica. a)Disponibilidad. 1.6.Crecer en 4500 tarjetas magnéticas para la domiciliación de las pensiones de jubilados.

    2. Aplicar los principios de la Política Crediticia actualizada para el nivel microeconómico, tanto para las personas naturales como para los diferentes agentes económicos, teniendo en cuenta la actualización del modelo de gestión económica en el país. (L-34, L-35).

    Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

    El Banco Popular de Ahorro (BPA), fue creado mediante el Decreto-Ley No. 69 de fecha 18 de mayo de 1983, con carácter de banco estatal integrante del sistema bancario nacional, con autonomía orgánica, personalidad jurídica y patrimonio propio, estableciéndose en dicho cuerpo legal su razón social, aparece formalmente inscripto en el Registro General de Bancos e Instituciones Financieras no Bancarias del Banco Central de Cuba, en el Tomo 1, asiento 21, folio 38 de fecha 7 de abril de 1997.

    Mediante el Decreto-Ley No. 362, de fecha 14 de septiembre del 2018, “Sobre los Bancos e Instituciones Financieras no Bancarias”, quedó ratificado para las instituciones financieras estatales, su carácter autónomo, personalidad jurídica independiente y patrimonio propio, las que cubrirán sus gastos con sus ingresos y no responderán por las obligaciones del Estado, sus organismos, órganos, empresas y otras entidades económicas.

    Realiza sus operaciones financieras al amparo de la Licencia General concedida por el Banco Central de Cuba, que es la autoridad rectora, reguladora y de supervisión del Sistema Bancario Nacional, en la que se ratificó la licencia emitida previamente por el Banco Nacional de Cuba, y se autorizó para que adicionalmente a las actividades ya reguladas en la norma que lo creó, desarrolle todo tipo de actividades lucrativas relacionadas con el negocio de la banca, tanto en moneda libremente convertible como en moneda nacional que se realicen entre el Banco Popular de Ahorro y los bancos del Sistema Bancario Nacional y otras personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las entidades nacionales con participación de capital extranjero.

    Somos el Banco con la mayor Red de Sucursales y Cajas de Ahorro en el país, lo que nos permite un acercamiento mayor a los clientes y una mejoría en el proceso de prestación de los servicios.

    Estas oficinas cuentan para prestar el servicio a la población con total de 61 cubículos de caja, 45 Terminales de Punto de Venta y 12 Cajeros Automáticos.

    Reseña Histórica